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PROPOSICIÓN 58


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LEY DEL PRESUPUESTO EQUILIBRADO DE CALIFORNIA
Enmienda constitucional legislativa

LA PREGUNTA

¿Debería la Constitution del estado ser enmendada para requerir que el estado adoptara un presupuesto balanceado y proveyera ajustes a medio año si el presupuesto se sale de balance? ¿Debería la Constitución incluir también requisitos y límites para la reserva presupuestaria del estado sobre futuros préstamos para financiar los déficits del presupuesto?

LA SITUACIÓN

California ha experimentado grandes dificultades presupuestales en años recientes. Aunque el gasto en programas se ha reducido y los ingresos aumentado para enfrentar la falta de recursos, los grandes déficits y los préstamos de cantidades significativas han continuado. El estado enfrenta otro gran déficit presupuestal en el año 2004-05.

La Constitución del estado requiere que el Gobernador proponga un presupuesto balanceado cada año, pero no requiere que el presupuesto final aprobado por la Legislatura y firmado por el Gobernador sea balanceado. La Constitución también requiere un fondo prudente de reserva del estado, pero no especifica su tamaño o el mecanismo para financiarlo. En general, la Constitución requiere de la aprobación de los votantes para que la deuda sea respaldada por la autoridad general del estado sobre impuestos. Además, los bonos sometidos a la aprobación de los votantes deben ser para "objetos o trabajos individuales" específicos.

LA PROPUESTA

La Proposición 58 enmienda la Constitución de California para requerir que el estado promulgue un presupuesto balanceado. Si el Gobernador determina más tarde que el presupuesto quedará desbalanceado, puede declarar una emergencia fiscal y proponer una legislación para resolver el problema. Si la Legislatura no puede aprobar leyes para resolver el problema presupuestario en 45 días, no se le permitirá trabajar en ninguna otra ley o suspender la hasta que lo haga.

Esta medida requiere de una reserva, la cuenta de estabilización presupuestal (BSA, en inglés) en el Fondo General del estado. Una porción (de uno a tres por ciento) de los ingresos anuales estimados del Fondo General sería transferida al BSA cada año hasta que dicho BSA alcance una cantidad de $8 mil millones o de 5 por ciento de los ingresos del Fondo General, la que sea mayor. Las transferencias anuales podrían ser suspendidas o reducidas por un año fiscal con una orden ejecutiva del Gobernador.

Cada año, la mitad de los fondos transferidos al BSA serían usados para pagar los bonos de recuperación del déficit autorizados por la Proposición 57 hasta que $5 mil millones hayan sido dedicados a este propósito. Los fondos restantes de la BSA podrían transferirse al Fondo General con una mayoría de votos de la Legislatura y la aprobación del Gobernador, y gastarse en varios propósitos--incluyendo el cubrir déficits presupuestarios-- generalmente con dos tercios del voto legislativo (como en la ley actual).

Esta medida provee que los bonos de la Proposición 57 cumplan con los requisitos constitucionales con respecto a los "objetos o trabajos individuales". Después de la salida de los bonos autorizados en la Proposición 57, esta otra proposición prohibiría que la mayoría de los futuros préstamos sean para cubrir déficits presupuestarios.

La Proposición 58 sólo podrá entrar en efecto si la Proposición 57 en esta boleta electoral también es aprobada por los votantes.

EFECTO FISCAL

El efecto fiscal podría variar, dependiendo de las circunstancias de futuros presupuestos y de las acciones tomadas por Gobernadores y Legislaturas. La Proposición 58 limitaría la futura habilidad del estado de permitir que se acumulen déficits presupuestarios que se pasen de un año a otro. Una reserva más grande podría facilitar los cambios en el gasto del estado mientras la economía sube o baja.

QUÉ SIGNIFICA EL VOTO POR UN SÍ O UN NO

Un voto por el significa que la Constitución del estado sería enmendada para requerir un presupuesto balanceado y para añadir otros nuevos requisitos a las prácticas presupuestarias del estado.

Un voto por el NO significa que la Constitución del estado no sería enmendada para requerir un presupuesto balanceado ni para hacer otros cambios en el proceso presupuestario.

QUIENES LA APOYAN DICEN

  • La Proposición 58 requerirá que el Gobernador y la Legislatura promulguen un presupuesto balanceado. Ahora, al Gobernador sólo se le requiere que proponga, no que promulgue, un presupuesto balanceado. Esta falla ha llevado a enormes déficits del presupuesto.
  • La Proposición 58 prohíbe que los futuros déficits se paguen con préstamos y requiere construir una reserva de al menos $8 mil millones para proteger a California de futuras caídas económicas.
  • El gasto del gobierno del estado en California se halla fuera de control, excediendo significativamente los ingresos en los pasados tres años y amenazando la habilidad del estado para hacer sus pagos y tener acceso a los mercados financieros.
  • Junto con la Proposición 57, esta medida les dará a los líderes de California las herramientas para resolver la crisis presupuestaria y restaurar la confianza en el manejo financiero del estado.
  • La Proposición 58 coloca en su lugar el proceso de medio año para enfrentar crisis financieras y hacer que el presupuesto vuelva a estar balanceado, forzando al Gobernador y a la Legislatura a trabajar juntos antes de que sea demasiado tarde.

QUIENES SE OPONEN DICEN

  • Se nos prometió un fuerte límite en el gasto estatal para acompañar el déficit en el bono de retiro en la Proposición 57, pero la Proposición 58 no nos ofrece ningún límite en el gasto. La Legislatura queda en libertad de seguir gastando alocadamente, enganchando con mayores impuestos y más deudas.
  • La Proposición 58 no nos protege de los trucos de contabilidad ni de los préstamos a corto plazo usados actualmente para balancear el presupuesto.
  • Esta proposición permite que Legislaturas y Gobernadores ignoren los requisitos de reserva prudente de la ley actual. Sus fondos de reserva están completamente desprotegidos.
  • La Proposición 58 hace a un lado la provisión de nuestra Constitución estatal que ha limitado los préstamos a largo plazo para proyectos como escuelas, parques o proyectos de agua que servirán a las generaciones venideras, y permite al Gobernador y a la Legislatura pedir un préstamo por $15 mil millones para cubrir el déficit presupuestario más grande de la historia de California.
  • El Gobernador ya tiene el poder de convocar a la Legislatura para sesionar y enfrentar el déficit presupuestario en desarrollo. La Proposición 58 requiere que la Legislatura tome medidas antes de que pueda continuar con otros asuntos, pero esta regla es una forma para evadirse.

Para mayor información:

Partidarios: Unase a Arnold, 916-442-7757, www.joinarnold.com

Oponentes: Los luchadores de impuestos en San Diego, 858-530-3027, e-mail rrider@san.rr.com

 


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